JCE cede a presiones de partidos: permite reservas de candidaturas del 20 por ciento por niveles para comicios

DISTRITO NACIONAL, República Dominicana.-

Los partidos lograron bajo presión que la Junta Central Electoral modificara la decisión sobre las reservas de candidaturas, cuyo plazo de inscripción fue ampliado hasta 15 días antes del inicio de la precampaña.

El pleno del organismo ha decidido que los partidos puedan reservarse un máximo del 20 por ciento de las candidaturas en los niveles de las alcaldía, regidurías, diputaciones y senadores para las elecciones de 2024.

Esta rectificación está contenida en la resolución 14-2023, en la que se precisa la aplicación del porcentaje de las reservas de las candidaturas.

Los miembros indicaron que   “las reservas de candidaturas podrán utilizarse para cederlas en pactos de alianza, lo que no implica que limitará la posibilidad de pactar alianzas de las organizaciones políticas, en tanto estas pueden aliarse en las candidaturas en uno, varios o todos los niveles de elección; en una, varias o todas las demarcaciones electorales”.

La resolución emitida este martes por la JCE deja sin efecto la anterior 13-2023, en la que se obligaba a los partidos a la reserva solo del 20 por ciento de todas las candidaturas a nivel nacional.

La rectificación viene después de que al menos 20 partidos presentaran varios recursos contra la resolución, mientras que solo el Partido Revolucionario Moderno había expresado su apoyo a las reservas del 20 por ciento como lo dispuso la Junta.

En la nueva resolución, la JCE aclara que no limita posibles alianzas entre los partidos que irán a los venideros comicios.

“Las organizaciones políticas, en su autodeterminación, deberán equilibrar en armonía las reservas, las alianzas y los procesos de selección interna, garantizando el derecho a ser elegible de la militancia”, se indica en la medida del organismo comicial.

Se indica en la resolución que las listas de candidaturas deberán cumplir con la proporción de género de no menos el 40 por ciento de hombres o mujeres por demarcación territorial a cada nivel plurinominal, conforme fue regulado mediante la resolución 12-2023 emitida por ese mismo organismo y la cuota de la juventud establecida en el artículo 54 de la Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.

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