Fantasma de reforma constitucional permea discusión sobre ley de partidos y las primarias abiertas

DISTRITO NACIONAL, República Dominicana.- El fantasma de una reforma de la Constitución rodea la discusión en torno a la aprobación del proyecto de ley de partidos en caso de que el tema podría tocar las esferas del Tribunal Constitucional, que también está apoderado de otro recurso que favorecería una nueva repostulación del presidente Danilo Medina para las elecciones de 2020.

La posición de violación de la Constitución ha sido sustentada por el expresidente Leonel Fernández y sus legisladores para oponerse a la aprobación de la ley de partidos que establecería que las cúpulas de los partidos pudieran determinar el método de elección para la postulación de candidatos a cargos electivos, ya mediante las primarias abiertas o cerradas, asambleas de delegados o de dirigentes, además de la fórmula de las encuestas u otros mecanismos.

Inclusive, el Partido Revolucionario Moderno es acusado por el litoral del exmandatario Fernández de aliarse al grupo del presidente Danilo Medina para abrir la puerta a la aprobación de la ley de partidos sin importar las violaciones incurridas en la Carta Magna, lo que advierte que también podría representar el rompimiento del sistema de partidos.

Los críticos del PRM alertan de que esta organización opositora podría abrir la puerta a una posible reforma constitucional que viabilice la reelección del presidente Medina, quien está impedido legal a participar en los comicios de 2020 por la reforma de la Constitución en 2015.

El rechazo de los adeptos de Leonel Fernández a las primarias abiertas deviene en la alerta de que el interés del presidente Medina de promover esta fórmula esconde evitar que el hoy presidente del PLD tenga la oportunidad de alcanzar la candidatura presidencial de esa organización, además de promover una reforma constitucional que le facilite un tercer periodo consecutivo.

Sin embargo, en una comunicación remitida por Medina al Congreso Nacional para defender su postura con relación a las primarias abiertas, se alega -contrario a lo que dicen los leonelistas- que “el compromiso es revitalizar los partidos políticos, fortalecer la transparencia y abrir más espacios de participación”.

Lo que dice Fadul

La situación comienza a preocupar desde que se escuchan voces desde el PLD para que surja la voluntad de la reforma constitucional para eliminar el párrafo transitorio que imposibilita que Medina pueda optar por otro periodo hasta el año 2024.

“Hay un impedimento constitucional que solo lo tiene una persona en el país y es el Presidente de la República, que es el que no puede volver a ser candidato a la Presidencia, nunca jamás”, refirió el ministro de Interior y Policía, José Ramón Fadul al ofrecer declaraciones en el almuerzo semanal de Multimedios del Caribe.

En sus argumentos en defensa del actual jefe del Estado, el también miembro del Comité Político del PLD plantea que “esa medida no afecta al presidente Fernández (Leonel), aún con tres periodos; no afecta al presidente Hipólito Mejía, que pueden ser candidatos en el 2020 y si pierden pueden volver a ser candidatos. En el caso del presidente Medina no tiene posibilidad de poder a ser candidato jamás, de acuerdo a ese precepto constitucional, que es el único que tiene esa limitante, esa prohibición, y eso está ahí constitucionalmente”.

Un recurso anterior

Desde marzo pasado se ha activado la discusión sobre la modificación de la Constitución y así el Tribunal Constitucional pueda viabilizar una candidatura de Medina.

Para esos días el abogado Fredermido Ferreras Díaz había depositado 15 de febrero un recurso ante la Secretaría General del Tribunal Constitucional para que el tema fuera objeto de la discusión en esa alta corte, pero esta petición fue retirada el 13 de marzo de este año.

En ese documento, el jurista dijo claramente:  “Formal desistimiento y solicitud de retiro y archivo definitivo de la instancia directa de inconstitucionalidad en contra de la vigésima disposición transitoria de la Constitución de la República Dominicana reformada el 13 de junio de 2015 por ser contraria a varias disposiciones permanentes de la misma Carta Magna en los artículos 22,39,68, 69, 110,124 y 6 contentiva en el expediente marcado TC-2018-0003”.

 

 

 

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