Veinte años de prisión contra hombre por muerte en provincia San Juan

PROVINCIA SAN JUAN, República Dominicana.-.

Los jueces del Tribunal Colegiado del distrito judicial de San Juan de la Maguana condenaron a 20 años de prisión a un hombre acusado por el Ministerio Público de provocarle la muerte a otro durante una discusión, en un hecho ocurrido el pasado año, en el municipio Juan de Herrera. 

El acusado Carlitos Paniagua Peña (Angelito) fue hallado culpable de ocasionarle la muerte a causa de heridas de arma blanca a Genry Castillo Solís, quien era esposo de su expareja, de quien se omite su nombre. 

Castillo Solís producto de la agresión resultó con perforaron de varias arterias y venas lo que le provocó la muerte por hemorragia externa, según el certificado de autopsia No. SDO-A-0668-2022, emitido por el Instituto Nacional de Ciencias Forense (Inacif).  

De acuerdo con el expediente instrumentado por la fiscalizadora Hernanda Arias, representante de la Fiscalía de San Juan de la Maguana, Carlitos Paniagua Peña actuó con premeditación al presentarse en la casa de su expareja en horas de la mañana intentando agredirla con un arma blanca, siendo impedido por una persona que en ese momento se encontraba en la vivienda realizando trabajos de electricidad. 

Después, el procesado volvió en horas de la noche buscando a su expareja y en ese momento se encuentra con Genry Castillo Solis con quien inició una discusión presenciada por varias personas que intentaron impedir la pelea, sin embargo, el hoy condenado sacó un arma blanca e hirió a Castillo Solís, provocándole las heridas que le ocasionaron la muerte.  

El tribunal, integrado por los magistrados Diógenes Dámaso, Angélica Calderón y Eduardo Valdez, dictó la sentencia condenatoria y ordenó su cumplimiento en la cárcel pública de San Juan de la Maguana, luego de acoger las pruebas documentales, periciales y testimoniales presentadas por el Ministerio Público. 

La Fiscalía de San Juan de la Maguana otorgó al presente caso la calificación jurídica de homicidio, previsto y sancionado por los artículos 295 y 304 del Código Penal Dominicano, así como de violación a la Ley 631-16 para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados. 

 

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