Tribunal Superior Electoral incompetente para conocer recurso contra prohibición de precampaña dispuso la JCE

DISTRITO NACIONAL, República Dominicana.- El Tribunal Superior Electoral se declaró incompetente para conocer y fallar en torno a un recurso sometido contra la resolución emitida por la Junta Central Electoral para regular la precampaña a destiempo que despliegan algunos precandidatos presidenciales.

El presidente del organismo, Román Jáquez, y el miembro Ramón Arístides Madera votaron disidentes en la decisión anunciada sobre el conflicto que mantiene la JCE con algunos partidos que no están de acuerdo con la regulación de las actividades electorales.

El presidente de la Junta, Julio César Castaños Guzmán, ratificó que esa institución mantiene su resolución y la hará cumplir, ya que la regulación del proselitismo en las vías públicas forma parte de sus atribuciones conferidas en la Constitución de la República.

Al declararse incompetente para conocer el recurso de amparo contra la resolución de la JCE, el Tribunal Superior Electoral declinó ese expediente ante el Tribunal Superior Administrativo.

El recurso fue sometido ante el TSE por aspirante presidencial del Partido de la Liberación Dominicana, Hipólito Polanco, quien precisa que esa prohibición de la precampaña constituye una violación de los derechos fundamentales y de la Constitución.

Polanco entiende que la JCE viola la supremacía de la Constitución, los derechos de ciudadanía, la libertad de asociación, la libertad de reunión, la libertad de expresión, la tutela judicial efectiva y el debido proceso.

Los miembros del TSE que rechazaron el recurso alegaron que los argumentados contenidos en el recurso de amparo entran dentro de las competencias del Tribunal Superior Administrativo.

El pasado jueves, el presidente de la Junta Central Electoral aclaró que no se violentan derechos de los ciudadanos al prohibir la precampaña, sino que el organismo trata de garantizar la tranquilidad de la población al regular las actividades proselitistas en lugares y vías públicas.

Entiende que los precandidatos presidenciales pueden promoverse y realizar sus actividades en lugares techados, advirtiendo que la JCE no cederá ante esta facultad constitucional y que acudirá ante la instancia judicial para defender esta prohibición.

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