Tribunal aplaza conocimiento medida de coerción contra policía que mató niño en Santiago

SANTIAGO, República Dominicana.-  

La Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de esta jurisdicción aplazó para el próximo miércoles 22 de febrero la audiencia para conocer la solicitud de medida de coerción en contra de un cabo de la Policía Nacional, imputado de matar a un niño de 11 años. 

El hecho ocurrió durante la irrupción de una patrulla policial en la celebración del carnaval de esta ciudad, que era observada por el adolescente y sus familiares en la calle Mella esquina avenida Las Carreras. 

La jueza Kimberly Tatis tomó la decisión de aplazar el conocimiento de la medida ante el pedimento de los abogados de la defensa técnica del imputado Alejandro Castro Cruz, quienes solicitaron un plazo para presentar los arraigos de su defendido.

A la salida del tribunal, el titular de la Fiscalía, Osvaldo Bonilla, reiteró que en este caso deberá ser impuesta la prisión preventiva, porque se trata de un hecho grave, donde el imputado violentó todos los protocolos de proporcionalidad y uso de la fuerza.

Esta acción descrita por Bonilla ha sido tipificada por el Ministerio Público como una violación a los artículos 186, 295, 186, 304 y 309 del Código Penal Dominicano, los cuales tipifican y establecen sanciones contra el abuso de autoridad en contra particulares, golpes y heridas, así como también el homicidio voluntario, en perjuicio de la víctima de iniciales D.J.M.T, de 11 años y su padre, Anthony Ysauri Martínez Martínez.

El órgano de justicia ha solicitado que se imponga la prisión preventiva por espacio de 12 meses contra el cabo de la Policía, Alejandro Castro Cruz y/o Alejandro Castro de la Cruz, de 30 años de edad.

Las víctimas, D.J.M.T de 11 años, y su padre Anthony Ysauri Martínez Martínez compartían junto a otros familiares y amigos, en la citada esquina cuando el imputado, “en actitud desafiante y agresiva, portando su arma de fuego visible”, ordena bajar el volumen de la música e intenta ocupar el cajón de música de un vehículo con el que amenizaban el encuentro, por lo que un testigo, atendiendo a la orden, guardó la bocina en el vehículo.

Sin embargo, la instancia refiere que el agente policial insistió en llevarse la bocina, lo que desató una discusión, en la cual se involucró la víctima y su padre, a quien el imputado roció gas pimienta en los ojos.

La discusión continuó, cuando el imputado se alejó con la bocina y, sin motivos aparentes, regresa y apunta con su arma manipulada a Martínez y, al hacer contacto con este, dispara el artefacto, marca Taurus, 9 milímetros, impactando “en el brazo izquierdo y en el tórax, al menor de edad, ocasionándole la muerte.”

El Ministerio Público posee elementos probatorios que demuestran la responsabilidad penal que pesa contra Castro Cruz, incluyendo pruebas materiales, documentales, periciales y testimoniales.

Entre las pruebas se incluye el informe preliminar de la autopsia, emitida por el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif), que determinó que la causa de muerte del niño de 11 años fue “herida por proyectil de arma de fuego, muerte violenta, de etiología médico legal homicida, mecanismo choque hipovolémico”.

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