Recomendación del día: “arancel” no siempre equivale a “tarifa”

DISTRITO NACIONAL, República Dominicana.-. El término arancel es más preciso que tarifa para referirse a los gravámenes que aplican los Estados a las mercancías que cruzan sus fronteras, especialmente a las importaciones.

En los medios de comunicación es frecuente encontrar la voz tarifa en relación con la política arancelaria del presidente estadounidense, Donald Trump, en frases como «La administración de Trump justifica las nuevas tarifas diciendo que son para combatir las prácticas comerciales injustas», «Aquellos países que se han comprometido a adoptar prohibiciones de importación de trabajo forzoso enfrentan un arancel del 10 %, mientras que los socios que no han implementado dicha prohibición […] están sujetos a la tarifa del 12.5 %» o «La excepción son las tarifas a los vehículos, al acero, al aluminio y a los productos que están fuera del acuerdo».

El Diccionario de la lengua española define arancel como ‘tarifa oficial determinante de los derechos que se han de pagar en varios servicios, como el de costas judiciales, aduanas, etc., o establecida para remunerar a ciertos profesionales’. Puesto que es el sustantivo más comúnmente empleado en el ámbito de las importaciones y las exportaciones para aludir a ese tipo concreto de tarifas, resulta más preciso optar por arancel en estos casos.

El uso cada vez más frecuente de tarifa en estos contextos se explica, en buena medida, por la influencia del inglés tariff, término que en el ámbito del comercio internacional corresponde normalmente en español a arancel. De ahí que su traducción como tarifa, favorecida por la semejanza formal entre ambas voces, se haya extendido especialmente en las informaciones procedentes de fuentes anglosajonas.

Así, en los ejemplos citados lo más recomendable habría sido escribir «La administración de Trump justifica los nuevos aranceles diciendo que son para combatir las prácticas comerciales injustas», «Aquellos países que se han comprometido a adoptar prohibiciones de importación de trabajo forzoso enfrentan un arancel del 10 %, mientras que para los socios que no han implementado dicha prohibición […] será del 12.5 %» y «La excepción son los aranceles a los vehículos, al acero, al aluminio y a los productos que están fuera del acuerdo».

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