Preguntas que ayudan a entender las razones de la disolución de Bancamérica

DISTRITO NACIONAL, República Dominicana.- La Superintendencia de Bancos ha divulgado una serie de preguntas que ayudan a la ciudadanía a comprender las razones que obligaron a la Junta Monetaria a disponer la disolución del Banco Múltiples de las Américas (Bancamérica), por supuestas violaciones a las normativas legales desde hace varios años.

1. ¿Quién es Bancamérica?
Bancamérica es un banco de servicios múltiples que ocupa la posición 31 con relación a las 49
entidades del sistema. Sus activos representan el 0.13% del sistema bancario. Opera como banco de
servicios múltiples desde 2009.
Antecedentes:
Inició como Financiera Promociones e Inversiones S.A. (Proinsa). Se transformó en banco de
desarrollo mediante la Quinta Resolución de la Junta Monetaria del 26 de julio de 2001, bajo la razón
social Banco de Desarrollo Proinsa S.A. Posteriormente, mediante la circular SB:ADM/0064/04, del
27 de julio de 2004, la SB aprobó su adecuación a Banco de Ahorro y Crédito de las Américas S.A.,
autorizado a transformarse en banco múltiple mediante la Sexta Resolución de la Junta Monetaria
del 7 de agosto de 2009.

2. ¿Quiénes son sus principales accionistas y quién ha llevado el liderazgo en el devenir del
banco?
El ciudadano venezolano Víctor José de Jesús Vargas Irausquín posee directamente el 35% de las
acciones y, a través de la sociedad Cartera de Inversiones Venezolanas, C.A., es titular del 65%
restante. El señor Vargas es, a su vez, el presidente de su Consejo de Administración.

3. ¿Por qué la Superintendencia de Bancos procede a disolver Bancamérica?
La disolución fue dispuesta por la Junta Monetaria mediante su Segunda Resolución del 28 de enero
de 2022. La medida se debió a que el banco incumplió disposiciones legales y normativas en el
marco de un Plan de Regularización.

4. ¿Cuál es la situación de Bancamérica en sus indicadores de desempeño al momento de la
toma de control de la Superintendencia?
El banco presenta pérdidas acumuladas de ejercicios anteriores a 2021 ascendentes a RD$851
millones y pérdidas por RD$147 millones durante el último ejercicio (datos a noviembre). En adición
a estos resultados negativos, la entidad tomó decisiones de negocio que afectaron sus indicadores
prudenciales, específicamente su solvencia.

5. ¿Puede la situación de Bancamerica crear algún nivel de contagio en el resto de las
instituciones financieras?
Se trata de un banco cuyos activos representan apenas el 0.13% del sistema bancario, con mínima
interconexión, por lo que no se prevé riesgo de contagio motivado por su salida.

6. ¿Cuál es la participación de Bancamérica en el sistema financiero?
Bancamérica representa el 0.16% de los depósitos del sistema y el 0.15% de la cartera de créditos.

7. ¿No había otra salida que no fuese asumir control y disolver esa entidad?
Las posibles salidas estaban contenidas en el Plan de Regularización que la entidad incumplió.
Luego de que una entidad ha incumplido un Plan de Regularización, la Ley 183-02 Monetaria y
Financiera, del 21 de noviembre de 2002, establece que se debe proceder con la disolución.

8. ¿En qué consiste el Plan de Regularización a que fue sometido el banco?
Con el plan las autoridades procuraban que la entidad repatriara depósitos mantenidos en
entidades vinculadas en el exterior, aumentara el capital y fortaleciera sus métodos de cobranza y
controles internos.

9. ¿Qué pasará con los depositantes de esta entidad financiera?
Como parte del proceso de disolución y conforme a los protocolos reglamentarios, la
Superintendencia de Bancos procurará que los activos y pasivos (créditos y depósitos) de
Bancamérica sean transferidos a otra entidad de intermediación financiera mediante un proceso de
licitación transparente y competitivo, dentro de los próximos 30 días.

10. ¿En qué proporción están garantizados los depósitos?
Los depósitos del público en las entidades de intermediación financiera autorizadas están
garantizados implícitamente hasta un monto de RD$1,860,000 (un millón ochocientos sesenta mil)
por depositante. El 98.1% de los depositantes de la entidad tiene ahorros por debajo de este umbral.

11. ¿Cuántos clientes tiene Bancamerica y qué representan con relación al total de clientes del
sistema?
La entidad tiene 28,485 depositantes, que representan 0.34% del sistema. Solo 15,260 registran
balance en sus cuentas y/o instrumentos de ahorro, con un total de RD$ 3,257 millones. La
cantidad de deudores asciende a 5,438, representando el 0.27% del sistema.

12. ¿Supone esta disolución un costo para el Estado y cuál es su impacto en el Fondo de
Contingencia?
Durante el proceso de disolución es que se determina el monto exacto con el que el Fondo de
Contingencia puede contribuir como mecanismo de facilitación. Estos fondos tienen la vocación de
ser recuperados producto de actuaciones realizadas por las autoridades durante el Plan de
Regularización.

13. ¿Desde cuándo presenta Bancamérica situaciones que llamaron la atención de la autoridad
supervisora?
Los primeros requerimientos de medidas correctivas por parte de la Superintendencia datan de
mayo de 2019.

14. ¿Cuándo comienzan las actuales autoridades de la SB a ocuparse puntualmente del caso de
Bancamérica?
Las actuales autoridades se ocuparon del seguimiento a Bancamérica una vez asumieron en agosto
de 2020.

15. ¿Qué proceso siguieron las actuales autoridades?
Dar seguimiento al plan de regularización y aplicar supervisión intensiva. Durante el plan de
regularización, las autoridades exigieron la solución de las causas que originaron la regularización.
Se obtuvo la repatriación parcial del capital requerido, pero sin subsanar las causales del plan.

16. ¿Por qué no se produjo antes la disolución?
Para que la Junta Monetaria decida sobre la disolución de una entidad se tiene que configurar al
menos una de las causales de disolución que establece el artículo 62 de la Ley 183-02 Monetaria y
Financiera del 21 de noviembre de 2002. Se sigue para esos fines el debido proceso.

17. ¿Hay, de parte de Bancamérica, violación a la Ley Monetaria y Financiera? ¿Se esperaría una
judicialización del caso?
La disolución se debe al incumplimiento del Plan de Regularización que le fue requerido a la entidad,
lo que implica un incumplimiento de la Ley Monetaria y Financiera. Si durante el proceso de
disolución se evidencian y documentan actos que constituyan infracciones penales, se procederá
por la vía judicial.

18. ¿Qué pasará con los empleados de la entidad?
Los empleados recibirán sus prestaciones laborales conforme lo establecido por el Código de
Trabajo y la Ley Monetaria y Financiera.

19. ¿Qué ha hecho la SB para proteger a los ahorrantes?
La supervisión tiene como propósito velar por la solvencia, fortaleza financiera y sostenibilidad de
los bancos, a fin de proteger los depósitos del público y la estabilidad del sistema. Bancamérica, por
estar sometido a un Plan de Regularización, fue objeto de una supervisión intensiva.
Durante el plan de regularización, las autoridades exigieron la solución de las causas que dieron
origen a la regularización. Se obtuvo la repatriación parcial del capital requerido y la constitución de
garantías.

20. ¿Qué tiempo durará este proceso de disolución?
La Ley establece que el proceso de disolución debe realizarse en un plazo de 30 días, que puede ser
prorrogado por 30 días adicionales si resulta necesario.

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