Partidos tienen plazo de 75 días para definir tipo de primarias para elegir candidatos

DISTRITO NACIONAL, República Dominicana.- El Pleno de la Junta Central Electoral, encabezado por Julio César Castaños Guzmán, dictó en su sesión ordinaria sostenida este martes una resolución que concede a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos un plazo de setenta y cinco (75) días para que comuniquen a dicha institución su decisión de que ejercerán el derecho a adoptar la modalidad de primarias y el tipo de padrón a utilizar para las mismas, ya sea el padrón cerrado conformado por sus miembros o el padrón abierto de la institución.

Dicho plazo administrativo fue aprobado mediante la Resolución No. 03/2018, la cual establece además los plazos legales para la organización de primarias respecto a los procesos electorales del año 2020, de conformidad a lo establecido en la recién aprobada Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, promulgada el 13 de agosto de 2018.

El plazo de 75 días será contado a partir de la comunicación de la resolución a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos reconocidos. Igualmente, el párrafo II del artículo Primero de la Resolución establece que si una vez transcurrido dicho plazo la institución política no comunica la decisión sobre la modalidad a emplear, la JCE interpretará que dicho partido, agrupación o movimiento se acoge a otra de las modalidades de selección de candidatos establecidas en la Ley 33-18, ya sean convenciones o asambleas de delegados, de militantes, de dirigentes o encuestas.

Por otro lado, la Resolución 03/2018 establece los plazos legales para la celebración de primarias, que según la Ley tendrán lugar a más tardar el primer domingo del mes de octubre de 2019. Los plazos legales establecidos son los siguientes:

Plazos Legales y Actividades

Fechas

a) Los Partidos harán la Reserva de Candidaturas del 20% incluyendo las cedidas por alianzas y coaliciones, debe hacerse en la fecha límite de 30 días antes de la Precampaña que comienza el 7 de julio. Artículo 57.

7 de junio de 2019

b) La Reserva de Candidaturas será comunicada en detalle a la JCE por la máxima dirección colegiada de los partidos por lo menos 15 días antes de la apertura oficial de la Precampaña que es el 7 de julio de 2019. Artículo 58, Párrafo III.

22 de junio de 2019

c) La Precampaña inicia el primer domingo de julio. Artículo 41.
7 de julio de 2019

d)
Plazo de Registro de precandidaturas en la JCE, por los partidos, se hará 45 días antes de la celebración de las Primarias. Artículo 50.
22 de agosto de 2019

e) Celebración de las Primarias, primer domingo del mes de octubre de 2019. Artículo 46, Párrafo II.
6 de octubre de 2019

f) Resultados Finales a más tardar 5 días después del evento de votación. Artículo 51, Párrafo I. 11 de octubre de 2019

g)
Proclamación de Candidatos 5 días después del boletín oficial de Resultados Finales. Artículo 51, Párrafo I.
16 de octubre de 2019

h) Plazo para registro de las candidaturas en la JCE, lo harán los partidos 15 días laborables después de la fecha de celebración de sus procesos internos. Artículo 52.
25 de octubre de 2019

i)
Plazo de 72 horas contado a partir de la devolución de las Candidaturas a los partidos que no han cumplido la cuota de género y juventud. Artículos 53, Párrafo II y 54, Párrafo II.

72 horas

El artículo Segundo de la Resolución dispone de forma precisa los plazos citados “con la finalidad de calendarizar los eventos y decisiones imprescindibles para la reglamentación, organización, administración, supervisión y arbitraje de Primarias Simultáneas a fin de escoger candidatos y candidatas de los distintos niveles de elección”.

La Ley No.33-18 establece en su artículo 45 que “cada partido, agrupación, y movimiento político tiene derecho a decidir la modalidad, método y tipo de registro de electores o padrón para la selección de candidatos y candidatas a cargo de elección popular”. Igualmente, el artículo 46 de dicha Ley dispone que “los partidos políticos que decidan hacer primarias la celebrarán de forma simultánea. La Junta Central Electoral es responsable de reglamentar, organizar, administrar, supervisar y arbitrar el proceso de primarias para la escogencia de los candidatos y candidatas a cargo de elección popular”.

La sesión fue presidida por el Magistrado Castaños Guzmán e integrada por los Magistrados Roberto Saladín Selin, Carmen Imbert Brugal, Rosario Graciano de los Santos y Juan Bautista Cuevas Medrano, así como por el Secretario General de la JCE, Ramón Hilario Espiñeira Ceballos.

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