DISTRITO NACIONAL, República Dominicana.-. La Asociación de Representantes, Agentes y Productores Farmacéuticos, Inc. (ARAPF) manifestó su preocupación por la nueva redacción de los artículos 240 y 242 del Código de Trabajo, luego de la aprobación, en primera lectura, del proyecto de ley orgánica que modifica a la Ley 16-92.
En el caso del artículo 240, se cambia la condición de tener el derecho a tres descansos remunerados durante su jornada, de 20 minutos cada uno, como mínimo, con la condicionante de que sea para amamantar al hijo.
No obstante, a juicio de ARAPF, esto representa una discriminación, pues condiciona el acceso a los descansos remunerados durante la jornada laboral únicamente a aquellas madres que se encuentren lactando.
Afirmó que en el proyecto no se toma en consideración, por consiguiente, a mujeres que, por razones médicas (como mastitis, tratamientos oncológicos, infecciones u otros diagnósticos), o por decisión personal, no pueden o no desean amamantar, y, sin embargo, cumplen un rol de cuidado fundamental para sus hijos.
La organización recalca que la experiencia médica y psicológica demuestra que los primeros meses de vida de un niño requieren, para su sano desarrollo, de una presencia activa de la madre, incluso cuando no está lactando directamente.
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El otro artículo que concitó inconformidad en el gremio fue la nueva redacción del artículo 242. Este aborda la posibilidad de conceder licencias médicas sin disfrute de salario en casos de complicaciones en el embarazo o el parto.
En la nueva versión del artículo se elimina el requisito de que dicha licencia dependía de que el empleador estuviera al día con la seguridad social de la trabajadora o que esta contara con un seguro médico.
Esta modificación, a juicio de ARAPF, reduce las garantías de protección sanitaria en un momento en que la trabajadora podría encontrarse en una situación de vulnerabilidad física y económica. Al eliminarse ese criterio, se deja abierta la posibilidad de que una mujer trabajadora enfrente una licencia sin salario y sin respaldo médico, lo cual representa un retroceso en términos de seguridad social y salud materna.
“Marcha en vía contraria a lo que debería ser la práctica institucional, es decir, procurar la protección social a las mujeres trabajadoras, en especial tras el alumbramiento, etapa que pueda representar vulnerabilidades, de salud y económica, para las madres”, sostuvo.
La asociación insta a las autoridades a revisar las nuevas disposiciones y allanar el camino hacia un marco legal moderno y equilibrado, que respete los derechos adquiridos y reconozca las realidades, en especial en lo relativo al cuidado de la salud y la protección social de las familias trabajadoras.
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