Ministerio Público: “Defensa no ha respondido a puntos esenciales de acusación contra Magalys Medina Sánchez”

Distrito Nacional, República Dominicana.-.

El Ministerio Público sostuvo este lunes que la defensa de la procesada Magalys Medina Sánchez sigue sin dar respuesta a la acusación presentada en el juicio que se sigue en su contra por hechos de corrupción en el entramado que desfalcó al Estado dominicano con más de RD$5,000 millones.

El órgano persecutor destaca que no ha dado respuesta a la auditoría realizada al Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas (Fonper) y presentada como prueba, la cual indica que desempeñó el cargo de vicepresidenta de esa entidad sin contar con decreto en su designación. Además, dijo que también se estableció que se desempeñaba a la vez como directora administrativa de esa misma entidad.

La auditoría fue realizada por la Cámara de Cuentas a la gestión del Fonper desde el 1 de agosto de 2012 al 31 de agosto de 2020. Según se estableció la acusada devengaba un sueldo mensual de RD$326,400, además de RD$79,200 por tener la función de vicepresidenta del Consejo, del 1 de enero de 2015 hasta el 1 de agosto de 2020.

“La defensa técnica ha enarbolado una acusación que es ficticia, porque la acusación del Ministerio Público entraña imputaciones muy específicas, como por ejemplo: el hecho de Carmen Magalys ocupaba dos posiciones simultáneamente y obtenía remuneración por ambas sin ni siquiera haber sido designada mediante decreto del Poder Ejecutivo”, dijo el fiscal Ernesto Guzmán, de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca).

Agregó “no se ha referido tampoco al tema de los cheques de las empresas del entramado societario, mediante los cuales se construyó un baño en la casa de Carmen Magalys Medina Sánchez; son puntos que no ha desarrollado la defensa. Nosotros entendemos que no se ha referido a los puntos esenciales de la acusación”.

Además, esas empresas que pagaron su baño eran proveedoras del Fonper.

El fiscal Ernesto Guzmán se pronunció al respecto tras rechazar las conclusiones presentadas por la defensa de Medina Sánchez, las cuales no refutan los hechos esenciales establecidos en la acusación formal del órgano persecutor.

Al ser abordado por periodistas, explicó que en sentido general el delito de lavado de activos se configura cuando se comprueba un hecho generador de riqueza ilícita, como en este caso, una estafa al Estado.

“Una vez se demuestra la existencia de una estafa contra el Estado, el producto de esa actividad delictiva puede ser perseguido como lavado de activos, al tratarse de un delito precedente”, precisó.

Carmen Magalys Medina Sánchez está acusada de coalición de funcionarios, complicidad en el desfalco y otras maniobras para beneficiar al entramado liderado por su hermano Alexis Medina Sánchez, incluyendo la aprobación de pagos irregulares desde esa entidad.

El Segundo Tribunal Colegiado que conoce el expediente en este caso aplazó el juicio hasta el próximo lunes 19 de mayo.

 

El proceso judicial

 

El Ministerio Público acusa a Juan Alexis Medina Sánchez de crear un entramado societario que sirvió como medio para obtener ventajas económicas en contrataciones con el Estado, en coalición con funcionarios, mediante tráfico de influencias, uso de documentos falsos y maniobras fraudulentas, entre ellas, la simulación de contratos y el uso de prestanombres. Se le imputa incurrir en lavado de activos, desfalco, enriquecimiento no justificado y financiamiento ilícito de campañas políticas.

El proceso también se sigue contra José Dolores Santana Carmona Wacal Vernabel Méndez Pineda, Fernando Aquilino Rosa Rosa, en su calidad de director del Fonper, Carlos José Alarcón, Ramón Brea Morel (Johnny Brea), Lina Ercilia de la Cruz Vargas y Libni Arodi Valenzuela Matos, así como de Paola Mercedes Molina Suazo, Carlos Martín Montes de Oca, Rigoberto Alcántara Batista, José Miguel Genao Torres, Antonio Florentino Méndez y Fulvio Antonio Cabreja Gómez (Ángelo), José Idelfonso Correa Martínez, Pachristy Emmanuel Ramírez Pacheco, Lorenzo Wilfredo Hidalgo y Rafael Antonio Germosén Andújar.

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