Patronos acudirían a tribunales contra reajuste salarial aprobaron Gobierno y sindicatos

SANTO DOMINGO, República Dominicana.- La Confederación Patronal advirtió que podría recurrir ante los tribunales el reajuste del 20 por ciento acordado por el Gobierno y las centrales sindicales en el Comité Nacional de Salarios al margen de un consenso y en violación de la legislación vigente sobre la reclasificación de las empresas.

Así lo indica en un comunicado en el que precisa que se reserve la facultad de accionar mediante los recursos legales establecidos por el reordenamiento jurídico, para hacer valer los derechos que se entienden han sido vulnerados por las autoridades y los trabajadores con la aprobación del reajuste salarial.

Circe Almánzar y Fermín Acosta rechazan acuerdo para reajuste salarial.
Circe Almánzar y Fermín Acosta rechazan acuerdo para reajuste salarial.

Afirmó, sin embargo, que sus acciones por los tribunales irán dirigidas a preservar y procurer un mayor bienestar económico y social para los dominicanos.

El sector patronal calificó de sorpresiva y abrupta la forma en que sin la presencia de los representantes del Sector Empleador, el Comité Nacional de Salarios anunció esta mañana un aumento al salario mínimo del sector privado no sectorizado correspondiente a un 20%, excediendo los criterios de racionalidad que demanda la estabilidad económica del país.

Recordó que el incremento recomendado por el Comité Nacional de Salarios, sin la presencia de este sector, implica cerca de un aumento de un 350% por encima del IPC lo que sin duda alguna tendrá un efecto inflacionario en la economía y provocará despidos masivos, quiebra de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, incentivando la informalidad, lo cual obra en contra de la estabilidad macroeconómica que requiere la República Dominicana para seguir creciendo de forma sostenible.

 

Refirió que en la actualidad el país se encuentra en un injustificable incumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 2 de la Ley No. 488-08, que establece la escala de clasificación de las empresas. Esto ha impedido que el salario por tipo de empresa se aplique sobre bases realistas, lo que afecta de forma evidente a los pequeños negocios y a la formalidad del empleo.

Los empleadores, a pesar de que mostraron su disposición y compromiso de concertación y diálogo, al aceptar dar inicio a las conversaciones siete meses antes del vencimiento de la Resolución 01-15 del Comité Nacional de Salarios, durante el transcurso de las reuniones, se percataron de la intención de no cumplir con las ordenanzas de la Ley No. 488-08, ni con el Artículo 7 de la citada resolución, en la cual se acordó aplicar la ley vigente en la próxima resolución que fuera a emitir el comité.

Señaló que el empresariado, comprometido con el fortalecimiento de la institucionalidad, en varias ocasiones durante las reuniones, hizo referencia a la importancia de cumplir con lo estipulado en la Ley No. 488-08, y la Resolución 1-2015 del Comité Nacional de Salarios, y ante la poca receptividad de los participantes en la negociación, entendió pertinente retirarse.

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