La venta y consumo de alcohol están prohibidos a partir de las tres de la tarde desde este miércoles

El Poder Ejecutivo prohíbe las actividades en instalaciones turísticas y también en los espacios públicos.

DISTRITO NACIONAL, República Dominicana.- El consumo de bebidas alcohólicas quedará prohibido a partir de las tres de este miércoles a nivel nacional en los espacios públicos, dentro de las medidas contempladas en el decreto 349-21 emitido la noche de este lunes por el Poder Ejecutivo para contrarrestar la propagación del Covid-19 después de detectada la circulación de las variantes descubiertas en Brasil y el Reino Unido.

La prohibición del consumo y la venta de bebidas alcohólicas abarcará el periodo desde las tres de la tarde y hasta las cinco de la madrugada durante toda la semana.

En la disposición presidencial se establece que los lugares de consumo de alimentos y de bebidas en todo el territorio nacional podrán recibir clientes en sus instalaciones hasta el 50 por ciento de su capacidad total, en estricto cumplimiento de los protocolos sanitarios y vigentes, y sin exceder 6 personas por mesa en los lugares que aplique.

Se dispone que las personas podrán utilizar los espacios abiertos al aire libre en todo el territorio nacional, tales como parques y malecones, para actividades que no impliquen aglomeración y en estricto cumplimiento de los protocolos vigentes.

En el decreto se indica que se los lugares dedicados a prácticas deportivas y ejercicios físicos en todo el territorio nacional, tales como gimnasios, podrán recibir clientes en sus instalaciones hasta el 50 por ciento de su capacidad total.

Por igual se dispone que en todo el territorio nacional podrán celebrarse tres veces por semana las actividades de las diferentes iglesias y otras denominaciones religiosas, en cumplimiento de los protocolos sanitarias y sin exceder el 50 por ciento de la capacidad total de sus instalaciones.

Se dispone que en todo el territorio nacional, los demás espacios públicos y privados no pdrán recibir en sus instalaciones hasta el 50 por ciento de su capacidad total. “Estos lugares deberán aplicar adicionalmente aquellos protocolos y medidas de distanciamiento dictados por las entidades pertinentes para su funcionamiento seguro en virtud de la pandemia”, se indica.

En la medida para contener la propagación del Covid-19 en el país, el Poder Ejecutivo dispuso por igual el cierre de los mercados binacionales en las diferentes fronteras.

En tanto que las actividades en el área del turismo seguirán reguladas por el protocolo sectorial definido por las autoridades. “Sin perjuicio de lo anterior, se prohíbe la organización, promoción y ejecución de actividades masivas, fiestas u otras similares en las instalaciones turísticas de todo el país”, se agrega.

Par el cumplimiento de la prohibición de las actividades, en el decreto se ordena la presencia de vigilantes o inspectores sanitarios en los espacios públicos y privados de uso público, con funciones que serán coordinadas por el Ministerio de Salud Pública, el Ministerio de Deportes, el Ministerio de Turismo y los ayuntamientos.

En la medida presidencial se confirma en el territorio nacional del uso obligatorio de mascarillas en lugares públicos y privados, así como las demás medidas y protocolos de distanciamiento social adoptados por las autoridades, mientras que su incumplimiento será sancionado con lo que establece la Ley 42-01 General de Salud.

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