El Pacto Mundial de Migración

DISTRITO NACIONAL, República Dominicana.- La semana pasada fue aprobado en Marrakech (Marruecos), el Pacto Mundial para la Migración Segura, Ordenada y Regular, promovido por la Organización de las Naciones Unidas (ONU).

Ese Pacto procura, entre otros objetivos, el de mejorar la cooperación sobre la migración internacional; el de crear una concepción común, responsabilidades compartidas y unidad de propósito en todo lo concerniente al fenómeno migratorio, que es uno de los temas globales de mayor trascendencia en los inicios del siglo XXI.

Sin embargo, a pesar de esa realidad, obtuvo un débil apoyo por parte de los Estados Miembros, en el marco de lo que normalmente ocurre en el debate sobre ese tipo de acuerdos globales.

De 193 países, solo 164 lo suscribieron, lo que equivale a decir que 29 no lo hicieron, entre los cuales se encuentra, afortunadamente, la República Dominicana.

Ese fenómeno, sin embargo, resulta extraño. Esto así en razón de que desde julio de este mismo año, luego de 18 meses de negociaciones intergubernamentales, con la única excepción de los Estados Unidos, todos los países habían aprobado el documento que serviría de base para la aprobación en Marruecos del referido Pacto Migratorio.

El interés de promover un pacto global para establecer principios y valores en relación a la migración internacional surgió como consecuencia de la grave crisis migratoria que sacudió a varios países europeos en el 2015. Ese año, el número de migrantes irregulares que arribó a las costas del viejo continente superó a las 645 mil personas.

Por supuesto, ese fenómeno era el resultado del impacto ocasionado por la crisis financiera global que se desató a partir del 2008; y que aún continua en la actualidad sin una solución definitiva.

En adición a esa crisis financiera, una inmensa ola migratoria se produjo hacia Europa como fruto de las devastaciones ocasionadas por el impacto de la Primavera Árabe, especialmente en países como Siria y Libia.

El número de personas que huía despavorida de la cruenta guerra civil era inmensa. Miles cruzaban hacia Grecia, Turquía e Italia. En un acto generoso y solidario que le ocasionó un alto costo político, la canciller de Alemania, Angela Merkel, abrió las puertas de su país a más de 1 millón 400 mil refugiados.

Del África Subsahariana arribaban al Mar Mediterráneo frágiles embarcaciones con decenas de miles de jóvenes abatidos por la pobreza y el desconcierto. Su único objetivo era buscar nuevos horizontes que proporcionasen sentido a sus vidas. En la travesía, sin embargo, algunos se encontraron con la muerte.

Como consecuencia de esa grave crisis migratoria en Europa, se decidió establecer un diálogo intergubernamental que pudiera crear los lineamientos y directrices para una migración que fuese ordenada, segura y regular.

Eso fue lo que dio lugar a que, en el marco de la Asamblea General de las Naciones Unidas del 2016, se aprobase la Declaración de Nueva York para los Refugiados y los Migrantes. Eso sirvió de marco para las negociaciones intergubernamentales que culminaron, la semana pasada, con la aprobación en Marruecos del Pacto Mundial sobre Migración.

RUMBO A MARRUECOS

A pesar de que, como hemos dicho, 192 Estados Miembros de Naciones Unidas habían aprobado, en julio de este año, el texto sobre el Pacto Migratorio, resultó que al final en Marruecos, solo 164 países lo suscribieron.

¿Por qué ocurrió así? ¿Por cuáles motivos, a pesar de que el pacto no tiene carácter vinculante ni sus disposiciones sentido obligatorio, países que habían votado a favor del documento en julio, desaprobaron su adopción en diciembre?

Para algunos países, la razón se debió al hecho de que la aplicación de normas y políticas migratorias es de la incumbencia exclusiva de los Estados nacionales. Por consiguiente, la suscripción del pacto, conforme a ese criterio, conllevaba para cada Estado una disminución del pleno ejercicio de su soberanía.

Pero, en realidad, en el pacto se sostiene el derecho soberano de los Estados a establecer sus normas y políticas migratorias. En forma expresa lo dice así: “Los Estados tienen el derecho soberano a determinar su propia política migratoria y la prerrogativa de regular la migración dentro de su jurisdicción, de conformidad con el derecho internacional”.

Por lo tanto, lo que condujo a algunos países a considerar el concepto de soberanía, no es tanto el que no figurase en el texto del pacto mundial. Fue, más bien, debido a la ambigüedad o ambivalencia que se deriva del lenguaje utilizado en otras partes del mismo documento. En ese contexto se establecen compromisos políticos y morales que sí limitarían el derecho soberano de los Estados.

Para los Estados Unidos, por ejemplo, el pacto migratorio es inconsistente e incompatible con su política de migración y de refugiados; viola la libertad de expresión y el estándar de detención de migrantes, lo que promueve un acceso irrealista a los servicios sociales.

Para Australia, el pacto no distingue adecuadamente entre las personas que puedan ingresar al país legalmente y las que puedan llegar por vía irregular.

Todo eso coincide con lo que también se esgrime en Eslovaquia, donde además se sostiene que no han sido tomados en consideración los efectos económicos y riesgos de seguridad de la inmigración ilegal.

En Israel, el gobierno entendió que el pacto disminuye la capacidad de proteger sus fronteras contra los infiltrados ilegales.

En Austria, se considera que el pacto afecta su soberanía y la capacidad de decidir sus políticas migratorias.

Para Bulgaria, que se encuentra en una de las principales rutas migratorias desde Oriente Medio a Europa Occidental, el pacto migratorio no protege los intereses del país ni de sus ciudadanos.

En el caso de Chile, el gobierno ha planteado que la migración no constituye un derecho humano; y que los países tienen, por el contrario, el derecho a determinar los requisitos de entrada para los ciudadanos extranjeros.

EL CASO DOMINICANO

La República Dominicana, por su parte, no quedó ajena a ese debate. Por el contrario, unos días antes de la conferencia intergubernamental en Marruecos, el gobierno dominicano, luego de la rendición de un informe por parte de una comisión interinstitucional, en sintonía con las reacciones adversas de distintos sectores de la vida nacional, decidió que el país se retirase de la conferencia y no aprobase el Pacto Migratorio Global.

Entre las razones dadas por el gobierno dominicano para asumir su postura frente al pacto de Naciones Unidas, se hizo referencia a los desafíos que representa la condición única de nuestro país, al compartir la isla con otra nación con significativas diferencias económicas, sociales, medioambientales y de seguridad.

En adición, el posible debilitamiento de la capacidad del Estado para hacer valer sus normas e implementar con eficacia sus políticas migratorias.

Igualmente, expresó que el pacto crearía compromisos que limitarían la capacidad de nuestro Estado para responder a situaciones que pudiesen presentarse en su frontera terrestre.

Pero, al margen de lo expresado por el gobierno dominicano, aunque el pacto dispone de cláusulas que reconocen principios universalmente aceptados de protección de derechos humanos, contiene, sin embargo, otras disposiciones que resultarían lesivas al interés nacional.

Es el caso, en primer lugar, de aquellas que extienden a los migrantes, independientemente de su estatus migratorio, el acceso a todos los servicios básicos.

Eso, por supuesto, implicaría aceptar obligaciones no previstas actualmente en el ámbito del Derecho Internacional. Pero, además, asumir gastos que excederían nuestra capacidad financiera; y, por lo tanto, incumplir con tareas que sí corresponden realizar al Estado dominicano en beneficio de sus nacionales y migrantes regulares.

En segundo lugar, el pacto migratorio prevé la detención de los migrantes irregulares como último recurso, lo que haría imposible la aplicación de la norma interna y su eventual deportación a sus países de origen.

En tercer lugar, el “facilitar el acceso de los migrantes irregulares a una evaluación individual que permita su evaluación, caso por caso…”; lo cual equivaldría a una especie de plan de regularización permanente.

En cuarto lugar, el acuerdo de Naciones Unidas propone “elaborar o aprovechar prácticas nacionales y regionales que permitan la admisión y una estancia de duración apropiada por motivos humanitarios o de otra índole para los migrantes que se vean obligados a abandonar su país de origen debido a desastres naturales repentinos y otras situaciones precarias”.

En base a ese criterio, es evidente que se diluye la diferencia entre el refugiado, el migrante humanitario y el que abandona su país por razones económicas, lo que implicaría una asimilación no diferenciada de todo tipo de migrantes.

Por otro lado, preocupan las implicaciones para la imagen del país que podrían derivarse del proceso de seguimiento y examen que el pacto sugiere hacer de forma periódica.

En fin, aunque el Pacto Mundial para la Migración Segura, Ordenada y Regular, recientemente aprobado en Marrakech, fue concebido con la intención de regular un fenómeno global de gran trascendencia, no menos cierto es que no previó las diferentes realidades que se presentan en distintos países o lugares del mundo.

Es el caso de la República Dominicana que, a pesar de comprender la importancia de una regulación global del fenómeno migratorio, no podía aceptar algunos de sus principios, debido a que resultan perjudiciales al interés nacional.

Por esa razón resultó acertada la decisión del gobierno dominicano de no sumarse al Pacto Mundial de Migración.

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